COMPENSACIÓN DE IMPUESTOS. MODIFICACIONES. RG 4521 AFIP
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- 15 jul 2019
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La AFIP mediante la RG 4521 realiza modificaciones en el procedimiento de compensación de impuestos debido a que se han constatado maniobras tendientes a incrementar el monto computable consignado en las declaraciones juradas originales, mediante la presentación de declaraciones juradas rectificativas.
Por dicho motivo, ahora al momento de efectuarse la solicitud de compensación, la AFIP realizará controles sistémicos en línea, y en caso de no resultar procedente la misma, informará las observaciones y/o inconsistencias detectadas.
De producirse las inconsistencias citadas la solicitud de compensación deberá realizarse ante la dependencia en la que los contribuyentes y/o responsables se encuentren inscriptos, mediante la presentación de una nota, en los términos de la Resolución General 1.128, acompañando la impresión del mensaje con las observaciones y/o inconsistencias indicadas por el sistema “Cuentas Tributarias” y la documentación que respalde la procedencia del saldo de libre disponibilidad (certificados de retención y/o percepción, facturas, contratos, comprobantes de ingreso de pagos a cuenta, entre otros).
De corresponder, la dependencia procesará la compensación solicitada en el sistema “Cuentas Tributarias”.
En los casos en los que se deba concurrir a la dependencia de este Organismo, se deberá solicitar previamente un turno “web”, conforme al procedimiento dispuesto por la Resolución General N° 4.188.”.
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