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¿Es posible la deducción en el impuesto a las ganancias vía F. 572 por parte de un empleado en relación de dependencia de la concubina y la hija de la concubina? 

Es deducible como carga de familia el cónyuge, es decir que deben estar casados legalmente -siempre que se cumplan los demás requisitos previstos en el artículo 23 de la LIG-, no siendo deducible el concubino. Por otro lado, son deducibles los hijos del cónyuge, es decir los hijastros. Pero no implica que se pueda deducir a los hijos del concubino o concubina, estos no son deducibles

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¿Cuáles son los nuevos montos de mínimo no imponible y deducción por cargas de familia para los Autónomos aplicables para liquidar el impuesto a las ganancias del período fiscal 2016? 

Conforme a lo establecido por el Decreto N° 394/16, los importes de las deducciones personales para el año 2016 son los siguientes: A) Ganancias no imponibles [Art. 23 inc. a)]: $ 42.318 B) Deducciones por carga de familia [Art. 23 inc. b)]: 1. Cónyuge: $ 39.778 2. Hijo: $ 19.889 3. Otras Cargas: $ 19.889 C) Deducción especial [Art. 23 inc. c), primer párrafo]: $ 42.318. 

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Un contribuyente tiene una hija de 28 años, quien está estudiando -secundario-. ¿Es deducible como carga de familia en el impuesto a las ganancias? 

Conforme lo establecido por el artículo 23 de la Ley de ganancias, los hijos son deducibles como cargas de familia siempre que sean menores de 24 años o incapacitado para el trabajo, sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año entradas netas superiores al mínimo no imponible vigente. Por lo tanto, en este caso, la hija no sería deducible como carga de familia.

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¿Un trabajador puede declarar a su madre como familiar a cargo, dado que no percibe jubilación, pero el padre a quien no declara tiene ingresos por rentas? ¿Invalida la deducción como carga de familia que el esposo de la madre, o sea su padre, tenga ingresos? 

Es carga de familia para el familiar más directo con ganancias imponibles. Es decir que si el esposo es contribuyente de ganancias, la esposa es carga de familia para el. Caso contrario, puede ser deducible como carga de familia por parte de los hijos.

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Un contribuyente que presenta renta de 3° ya que tiene un comercio unipersonal como titular y está en "concubinato" con su mujer que a su vez también obtiene renta de 4° por estar en relación de dependencia. Esta pareja tiene tres hijos. ¿Pueden "ambos", dos concubinos, deducirse según el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las ganancias a los tres niños que tienen como deducción personal? 

Ambos padres con ganancias imponibles pueden computar/deducir como carga de familia a los hijos al confeccionar la declaración jurada del impuesto a las ganancia.

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Un matrimonio, los dos trabajan en realcion de dependencia, ¿pueden ambos declarar como familiar a cargo a los hijos?, ¿o sólo lo debe hacer el que percibe el mayor haber? 

Los dos podrán declarar y deducir como carga de familia a los hijos.

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Una persona que es separada, y no tiene la tenencia de su hijo. ¿Puede descontarse de ganancias la deducción personal por hijo? 

La norma dispone que la deducción podrá efectuarla el o los parientes más cercanos que tengan ganancias imponibles. Por lo tanto, entendemos que si es deducible ya que aún cuando no tenga la tenencia seguramente tiene que pasarle la cuota mensual y en consecuencia, también están a su cargo.

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Si un contribuyente fue monotributista hasta 05/2016 y a partir de 06/2016 esta inscripto en ganancias ¿dónde se hacen figurar en la declaración jurada lo facturado como monotributista? ¿las deducciones personales se toman sobre los 12 meses? 

Las deducciones personales no se proporcionan, salvo cuando ocurren los hechos que dan derecho a no a su cómputo (por ejemplo: nacimiento, casamiento, defunción). La ganancia obtenida durante el período que fue monotributista se debe informar en la justificación patrimonial como ajuste a columna II.

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El egreso mensual correspondiente a la cuota de alimentos que le pasa un contribuyente a su esposa (están separados de hecho no divorciados), ¿se puede deducir en el impuesto a las ganancias en su totalidad? 

Al no estar separados legalmente, el contribuyente puede deducir como carga de familia a la esposa.

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