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Exención Bienes Personales: Beneficios para cumplidores

  • Fuente: Ignacio on line/ Afip
  • 1 jul 2016
  • 2 Min. de lectura

Exención Bienes Personales: Beneficios para contribuyentes cumplidores. Exención Bienes Personales y 1° aguinaldo 2016 para para "contribuyentes cumplidores." Exención Bienes Personales: Gozarán de la exención del impuesto sobre los bienes personales por los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018, inclusive, los contribuyentes que:

1. Hayan cumplido con sus obligaciones tributarias correspondientes a los 2 períodos fiscales inmediatos anteriores al período fiscal 2016, y

2. Cumplan con los siguientes requisitos:

a) No haber adherido, en los 2 períodos fiscales inmediatos anteriores al período fiscal 2016, al régimen de exteriorización voluntario ni al de regularización de obligaciones tributarias establecidos en la ley 26.860, ni a los planes de pago particulares otorgados por la AFIP.

b) No poseer deudas en condición de ser ejecutadas por la AFIP, haber sido ejecutado fiscalmente ni condenado, con condena firme, por multas por defraudación fiscal en los 2 períodos fiscales inmediatos anteriores al período fiscal 2016.

El plazo para acogerse al beneficio se extenderá hasta el 31 de marzo de 2017, inclusive.

Anticipos

Los anticipos del Impuesto sobre los Bienes Personales, período fiscal 2016, que se hayan abonado hasta la fecha de acogimiento al beneficio, podrán ser devueltos o compensadosconforme lo establezca la reglamentación.

Exención 1° Aguinaldo 2016

Los contribuyentes que no hayan sido alcanzados por el beneficio de exención en el Impuesto a los Bienes Personales, quedarán exentos del impuesto a las ganancias aplicables a la primera cuota del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2016. Se deberá cumplir con los mismos requisitos mencionados en los puntos 1 y 2.

Exclusiones

Quedan excluidos del beneficio los sujetos con relación a los cuales se verifique el acogimiento al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior previsto en el Título I del libroII de la ley de Blanqueo.


 
 
 

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